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De acuerdo a lo que menciona el SAT en su Guía de llenado, el Recibo
Electrónico de Pago no es posible relacionarlo a una nota de
crédito, ya que esta aplica para generar algún tipo de descuento o
"cancelar" el saldo de algún comprobante de tipo Ingreso.
En este caso el Recibo Electrónico de Pagos, al ser tipo "P" no
aplica para tener una relación de este tipo, solamente es posible
relacionarlo a nivel comprobante por un comprobante del mismo tipo "P"
y dentro del complemento de Pagos con el o los compr...
Una vez que el cliente nos haya realizado el pago, estamos en
posibilidad de generar el comprobante de pago, es decir, después de
que se haya aplicado el pago podemos emitir dicho comprobante.
Tomando en cuenta lo anterior, tenemos hasta el día 10 del mes
siguiente al que se haya realizado el pago para emitir el comprobante
de pago.
Adicionalmente, si en determinado momento después de haber generado
el comprobante de pago el cliente nos informa que al generarse se
emitió con datos incorrectos, es nece...
Es un nuevo tipo de comprobante fiscal definido por el SAT el cual
opera cuando a un CFDI de Ingreso (Factura) versión 3.3 en el campo
método de pago se le define el valor "PPD" o "Pago en Parcialidades o
Diferido", y en este comprobante de pago se estará informando lo
correspondiente al pago que el cliente nos está realizando, por
ejemplo: fecha de pago, monto del pago realizado, monto de la factura
inicial, saldo insoluto, etc. y deberá realizarse después de que se
aplique el pago del cliente.