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Emisión de CFDI de Retenciones e Información de Pagos

Publicado por Blanca Gámez el 28.01.2015 - 23:01

El 24 de noviembre de 2014 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer el esquema, estructura, complementos y mecanismos de cumplimiento a la obligación contenida por la regla I.2.7.5.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, referente a la emisión de CFDI, que ampara las retenciones realizadas a contribuyentes (personas físicas y morales) que hubieran realizado alguna de las siguientes operaciones:

  1. Servicios profesionales
  2. Regalías por derechos de autor
  3. Autotransporte terrestre de carga
  4. Servicios prestados por comisionistas
  5. Arrendamiento
  6. Enajenación de acciones
  7. Enajenación de bienes objeto de la LIEPS, a través de mediadores, agentes, representantes, corredores, consignatarios o distribuidores
  8. Enajenación de bienes inmuebles consignada en escritura pública
  9. Enajenación de otros bienes, no consignada en escritura pública
  10. Adquisición de desperdicios industriales
  11. Adquisición de bienes consignada en escritura pública
  12. Adquisición de otros bienes, no consignada en escritura pública
  13. Otros retiros de AFORE
  14. Dividendos o utilidades distribuidas
  15. Remanente distribuible
  16. Intereses
  17. Arrendamiento en fideicomiso
  18. Pagos realizados a favor de residentes en el extranjero
  19. Enajenación de acciones u operaciones en bolsa de valores
  20. Obtención de premios
  21. Fideicomisos que no realizan actividades empresariales
  22. Planes personales de retiro
  23. Intereses reales deducibles por créditos hipotecarios
  24. Operaciones Financieras Derivadas de Capital
  25. Otro tipo de retenciones

¿Qué es el Documento Electrónico de Retenciones y Pagos?
Es un documento que contiene la información de las retenciones y pagos efectuados por los contribuyentes, se integra por un conjunto de datos generales a los cuales se agrega el complemento que corresponda a cada caso.

Datos que contendrá el comprobante

  • Versión
  • Folio del documento
  • Sello digital
  • Número de serie del certifi­cado de sello digital
  • Fecha y hora
  • Clave de la retención
  • Descripción de la retención (aplicando una clave de retención según un catálogo de claves)
  • Datos del emisor (RFC, Nombre o Razón Social, CURP)
  • Datos del receptor (RFC, Nombre o Razón Social, CURP)
  • Período (mes inicial, mes fi­nal y ejercicio)
  • Totales (total de la operación, total gravado, total exento y total retenido)
  • Impuestos retenidos (base de retención, tipo de impuesto, monto de la retención, tipo de pago de retención
  • Timbre
  • Complemento (habiendo 11 diferentes complementos los cuales se marcaron en verde en el listado anterior).

Emisión de comprobantes y constancias de retenciones de contribuciones a través de CFDI

La regla I.2.7.5.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 establece que las constancias de retenciones e información de pagos se emitirán mediante el documento electrónico incluido en el Anexo 20.

Asimismo, las constancias de retención podrán emitirse de manera anualizada en el mes de enero del año inmediato siguiente a aquel en que se realizó la retención o pago.

En los casos en los que se emita un comprobante ­fiscal por la realización de actos o actividades o por la percepción de ingresos, y a su vez se incluya en el mismo toda la información sobre las retenciones de impuestos efectuadas, los contribuyentes podrán optar por considerarlo, como el comprobante fi­scal de las retenciones efectuadas.

La regla I.2.7.5.4. otorga la facilidad de expedir el CFDI por las retenciones realizadas durante 2014 a más tardar el 31 de enero de 2015.

Más información en el portal del SAT: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/cfdi_retenciones_pagos.aspx

Nuestras servicios y soluciones

En diverza  contamos con las herramientas necesarias para realizar estas constancias, con conexión directa sistema a sistema o a través de una forma de captura web. La operación es muy sencilla para que puedas cumplir con esta obligación.

Si tienes dudas o quieres saber más acerca de nuestras soluciones, comunícate con tu asesor de ventas, o contáctanos al 01.800.070.4000 o bien, al correo electrónico: ventas@diverza.com y con gusto te orientaremos.

Atentamente,

— Equipo Diverza.