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Información de pago en las facturas electrónicas.

Publicado por Diverza . el 23.06.2016 - 11:23

A partir del 15 de julio de 2016 todos los comprobantes fiscales digitales deberán expresar como método de pago la clave correspondiente a un catálogo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha dado a conocer en su portal.

Consideraciones:

  • Se deberá expresar la clave del catálogo en el atributo de método de pago del archivo XML de la factura electrónica, no la descripción.
  • Cuando el pago del comprobante fiscal se realice con diferentes métodos de pago, deberá expresarse la clave de cada método de pago aplicado seprado por comas, ordenados de mayor a menor proporción del importe total del comprobante. Ejemplo: método de pago = “01,04”; para el caso en el que el 60% se paga con efectivo y el 40% se paga con tarjeta de crédito.
  • En el caso de una factura global se podrá hacer uso de la opción “99”
  • Se podrán seguir utilizando las expresiones de “NA”, “No aplica”, “No disponible”, etc., tomando en cuenta no infringir con los Art. 32 y 33 de la ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y la regla 3.3.1.37 de la RMF del 2016.
  • No podrás usar las expresiones anteriores cuando la forma de pago sea en una sola exhibición en el momento en el que se expida el CFDI o haya sido pagada antes de la expedición del mismo.
  • Es responsabilidad del contribuyente emisor incluir la información de pago del comprobante fiscal apegado al contexto legal.
  • Es muy importante que el receptor de la factura electrónica verifique que el método de pago sea asentado correctamente, ya que en caso contrario, no serán deducible de impuestos.

En caso de que requieras más información sobre este tema te invitamos a leas las siguientes preguntas frecuentes.

Atentamente,

diverza